La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la Resolución SBS N.° 02326-2026, permitiendo el uso de billeteras digitales y aplicativos para aportar a las AFP.
Los aportes podrán realizarse a través de diversos mecanismos, incluyendo cajeros corresponsales, ampliando las opciones para afiliados buscando simplificar el proceso de pago.
Las Empresas Administradoras de Fondos (EAF) deberán suscribir convenios con organizaciones de servicios de pago, definiendo condiciones y plazos para la recaudación.
La normativa exige que el dinero recaudado por intermediarios se deposite a más tardar el segundo día hábil tras la recaudación, asegurando la integridad del aporte.
Se incluirán disposiciones para proteger los datos personales de los afiliados, estableciendo que solo pueden ser usados con su autorización expresa.
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