El Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa suspendió la fumigación aérea al considerar insuficientes los requisitos ambientales y de participación de comunidades durante un plan piloto.
La decisión, ratificada en segunda instancia, se debe a acciones de tutela presentadas por la Fundación Tiempo de Cambios para la Transformación Social, citando vulneraciones a derechos fundamentales como la salud y el agua.
La jueza Ana Pilar Vidal destacó que el gobierno debe demostrar el cumplimiento de condiciones constitucionales y legales antes de reiniciar el plan de aspersión con glufosinato de amonio.
El fallo del 22 de septiembre de 2026 ordena a las autoridades abstenerse de iniciar o continuar con actividades de aspersión aérea mientras no se cumplan todas las exigencias legales.
Las dudas sobre la claridad de las zonas de intervención y la falta de pruebas sobre la participación de comunidades llevaron a aplicar el principio de precaución en la decisión judicial.
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