El 2 de septiembre, el Gobierno envió a la Contraloría el reglamento de la Ley de Seguridad Municipal, vigente desde el 12 de agosto, pero aún no en plena implementación.
El artículo 8 del reglamento estipula que el incumplimiento de requisitos puede llevar al cese del cargo de alcaldes, generado controversia entre los jefes comunales.
Felipe Alessandri, alcalde de Lo Barnechea, advirtió que las causales de destitución de alcaldes deben estar definidas por ley, no por reglamento.
La Asociación Chilena de Municipalidades (ACHM) rechazó la inclusión de esta causal, señalando que no fue discutida con los alcaldes previamente.
La Subsecretaría de Prevención del Delito defendió el reglamento, afirmando que no establece nuevas causales de destitución, sino que se refiere a las existentes.
En qué difieren los medios
Los medios que cubren esta historia no coinciden en todo. Esto es lo que reporta cada uno, con sus propias palabras.
Naturaleza de la causal de destitución
La TerceraEl reglamento incluye un artículo que permitiría destituir a alcaldes por incumplimiento administrativo, lo que genera preocupación entre municipalidades.
CooperativaLa Subsecretaría afirma que no se crea una nueva causal de destitución y que el texto simplemente remite a causales ya existentes en la ley.
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